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Cuando la distribución se efectúe mediante venta dentro de la Unión Europea, por el propio titular del derecho o con su consentimiento, este derecho se agotará con la primera, si bien sólo para las ventas y transmisiones de propiedad sucesivas que se realicen en dicho ámbito territorial. Este agotamiento del derecho de distribución me permite revender los ejemplares físicos de mis novelas, mis CD o DVD en mercadillos o tiendas de segunda mano.
Una antología es una obra compuesta por varias obras o partes de ellas. El autor de una antología adquiere los derechos de autor del conjunto. Para incluir obras en una antología y ponerla a disposición del público, se necesita el permiso de los autores de las obras incluidas en ella.
Un intérprete de una obra, como un actor, un músico o un cantante, obtiene protección por su propia interpretación. Para grabar una interpretación, se necesita el permiso del artista intérprete.
Un autor puede ceder sus derechos económicos a otra persona, por ejemplo, una editorial, una empresa o una productora. La cesión queda limitada al derecho o derechos cedidos, a las modalidades de explotación expresamente previstas y al tiempo y ámbito territorial que se determinen
Una cita debe limitarse a un fragmento de una obra publicada. El nombre del autor debe mencionarse junto a la cita.
Es la expresión literal (oral o escrita) de un texto original, véase cita directa.
Una cita directa es la expresión literal (oral o escrita) de un texto original, véase cita.
Para una presentación científica o crítica, se pueden tomar imágenes relacionadas con el texto sin el permiso del autor, siempre que se lleve a cabo cumpliendo con los requisitos del límite de cita. Entre el texto y la imagen debe haber una conexión relevante.
Una cita indirecta es la expresión de un tema o contenido de un texto original (fuente) con sus propias palabras, véase referencia.
También son objeto de propiedad intelectual las colecciones de obras ajenas, de datos o de otros elementos como las antologías y las bases de datos que por la selección o disposición de sus contenidos constituyan creaciones intelectuales. La protección se refiere únicamente a su estructura en cuanto forma de expresión de la selección o disposición de sus contenidos.
Un collage de fotos consta de varias fotografías, dibujos animados, pinturas o partes de ellos.
La compensación es el precio que se abona al titular de derechos por el uso de una obra o prestación al amparo de un límite o excepción, la concesión de una licencia o cualquier otra cesión de los derechos de autor. La cesión también puede ser a título gratuito. Por otro lado, no todos los límites o excepciones llevan aparejada una remuneración o compensación.
La compensación equitativa por copia privada se reconoce a favor de los autores cuyas obras son copiadas para uso privado junto con los editores, los productores de fonogramas y videogramas y los artistas intérpretes o ejecutantes. La compensación por copia privada la abonan los fabricantes de equipos en España en tanto actúen como distribuidores comerciales, así como los adquirentes fuera del territorio español, para su distribución comercial o utilización dentro de este.
Se considera copia privada la reproducción realizada, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias:
La compensación por reventa es una compensación que se abona a un artista plástico por la venta profesional o pública de una obra de arte cuando esta vuelve a venderse a otro propietario.
Es comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Son actos de comunicación pública la emisión de una película, un concierto o recital de música, una representación teatral, una lectura pública de un libro, la proyección de imágenes, exhibición pública de obras de arte, entre otras.
Un contrato de edición es un acuerdo entre un autor y una editorial para la publicación de una obra escrita.
El derecho moral a la integridad persigue la protección de la singularidad del autor. Este derecho moral faculta al autor a impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra su obra que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación. La obra tampoco puede ponerse a disposición del público de un modo o en un contexto ofensivo.
Los derechos de autor protegen el trabajo creativo. El objeto de los derechos de autor es la obra que ha creado el autor, una persona física. Los derechos de autor se conocen comúnmente como derechos exclusivos del autor.
Los derechos de propiedad intelectual son un campo del derecho que incluyen los derechos de autor y los derechos denominados conexos, vecinos o afines.
Por otro lado, los derechos de propiedad industrial protegen las creaciones en el ámbito de la industria, como son las marcas, patentes, diseños, entre otros.
Los derechos de propiedad intelectual son derechos exclusivos semejantes a los derechos de propiedad, que protegen los resultados del trabajo creativo.
El derecho moral de paternidad conlleva el derecho de un autor a que se le nombre como autor de la obra cuando se use la misma. El nombre del autor debe mencionarse tal y como exigen las buenas prácticas.
Corresponde al autor el derecho moral de decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
Además, puede determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente.
Los derechos morales son derechos inalienables relacionados con el respeto y la figura del autor, como el derecho de paternidad y el derecho a la integridad.
Los ejemplares de las obras pueden distribuirse mediante la venta, el préstamo y el alquiler. La venta de libros y obras de arte, el préstamo de libros y el alquiler de películas constituyen modalidades de distribución de la obra. La distribución es uno de los derechos exclusivos en los derechos económicos del autor.
La divulgación significa que la obra se ha puesto a disposición del público legalmente.
El término de dominio público se utiliza para obras cuyo plazo de protección ha terminado.
Un ejemplar de una obra es una copia física de una obra, como un libro, un CD o una película en DVD. La copia también puede estar en formato digital.
Los autores y los titulares de derechos forman parte de entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual que administran sus derechos, velan por sus intereses y conceden licencias en determinadas situaciones. Las entidades que administran los derechos de propiedad intelectual facilitan la adquisición de licencias y el pago de las compensaciones a los titulares de derechos nacionales y extranjeros.
La fuente es el texto original, que puede ser oral o escrito.
Una licencia es un permiso de uso por el cual el autor, titular de derechos o entidad que los represente da permiso para usar una obra en particular con determinadas condiciones.
Creative Commons es un sistema de licencias estadounidense por el cual un autor puede autorizar el uso de su obra con determinadas condiciones. Con el símbolo de licencia CC junto a su obra, el autor indica cómo puede usarse la misma.
Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual conceden licencias para el uso de las obras de su repertorio a empresas, organizaciones, centros de enseñanza, entre otros. Estas licencias no solo comprenden obras nacionales, también pueden abarcar obras extranjeras.
Supuestos concretos en los que la Ley de Propiedad autoriza al uso de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual sin pedir autorización a los titulares de derechos. En algunos casos, el autor deberá recibir una compensación por el uso de la obra realizado con base en un límite o excepción. Es el caso, por ejemplo, de la compensación por copia privada.
La transformación de una obra entra en el ámbito de los derechos exclusivos del autor y, para ello, se necesita el consentimiento del mismo.
Las ideas de una obra creada por otra persona pueden materializarse en una forma nueva, creativa y original. Si se origina una obra nueva e independiente, que no es identificable con la obra original, el autor obtendrá los derechos de autor por su obra. Para transformar una obra original se necesita la autorización del autor.
Una obra en colaboración es el resultado unitario de la colaboración de varios autores. Por ejemplo, un libro ilustrado puede ser una obra en colaboración, una composición musical en la que un autor escribe la letra y otro compone la música. Para divulgar y modificar la obra se requiere el consentimiento de todos los coautores.
Una obra colectiva es la creada por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre y está constituida por la reunión de aportaciones de diferentes autores cuya contribución personal se funde en una creación única y autónoma, para la cual haya sido concebida sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera de ellos un derecho sobre el conjunto de la obra realizada.
Salvo pacto en contrario, los derechos sobre la obra colectiva corresponderán a la persona que la edite y divulgue bajo su nombre.
La transformación de una obra comprende su traducción, adaptación y cualquier otra modificación en una forma de la que se derive una obra diferente.
Una obra derivada es una obra que se ha creado transformando una obra original. Las obras derivadas son las traducciones, las adaptaciones, actualizaciones o revisiones, los resúmenes, los arreglos musicales o cualquiera que surja de una transformación de una obra previa.
Una obra multimedia es una combinación de varios materiales distintos, como imágenes, sonido, textos e imagen en movimiento.
Una obra original es una obra literaria, artística o científica original creada por un autor. Se trata de una obra original cuando refleje la impronta de su autor, fruto de decisiones libres y creativas.
Para estar protegido por derechos de autor, se exige originalidad. Una obra es original si refleja el espíritu creativo de su autor, su impronta, a través de decisiones libres y creativas.
La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija, como en una intranet o en internet, también es un acto de comunicación pública. La puesta a disposición o comunicación pública en línea es uno de los derechos exclusivos en los derechos económicos del autor y, por tanto, requiere su autorización.
Una obra se pone a disposición del público cuando se ofrece a un grupo de personas más amplio que el estrictamente doméstico. La puesta a disposición del público puede ocurrir mediante presentación pública, exhibición pública, retransmisión, emisión, entre otras.
El productor de un fonograma es la persona natural o empresa bajo cuya iniciativa y responsabilidad se realiza por primera vez la fijación de una obra musical o ejecución de una obra musical. El productor de fonogramas recibe la protección de los derechos conexos.
Son derechos próximos a los derechos de autor que protegen, entre otros, a los artistas intérpretes, productores de sonido y cine, editores de determinadas producciones editoriales, entre otros. Los derechos conexos tienen un contenido similar a los derechos de autor.
El plagio es hacer una reproducción y/o transformación de la obra de otro autor. El plagio puede vulnerar los derechos económicos y morales del autor.
Una referencia es la expresión de un tema o contenido del texto original (fuente) con tus propias palabras, véase cita indirecta.
Las regalías son la compensación que se abona a un autor por permitir el uso de su obra, por ejemplo, la compensación que se paga a un escritor por la venta de un libro o la compensación que se paga a un músico por la venta de un disco.
La reproducción incluye, por ejemplo, copiar, imprimir un ejemplar de una obra, guardar y grabar una composición. La reproducción es un derecho exclusivo del autor y uno de sus derechos económicos.
Un resumen es una versión abreviada de una producción escrita u oral que describe el texto o la presentación original. Un resumen constituye una transformación. Para ello se necesita el permiso del autor para abreviar (modificar) el escrito. No se requiere autorización si nos limitamos a tomar meros datos, meras informaciones o ideas que posteriormente desarrollo con mis propias palabras.
Un titular de derechos de autor es una persona, empresa u otra persona jurídica a quien pertenecen los derechos de propiedad intelectual.
Una adaptación de una obra es, por ejemplo, una traducción y una versión abreviada. Para transformar una obra, se necesita el permiso del autor o de los titulares de los derechos.
El uso ilegal de una obra protegida por derechos de autor (vulneración de los derechos de autor) puede conllevar la imposición de sanciones por daños y perjuicios.