Las obras literarias incluyen, por ejemplo, libros, artículos, cuentos, poemas, tesis, prólogos, textos teatrales, etc.
Ley de Propiedad Intelectual Art. 10
Son actos de comunicación pública aquellos en los que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, por ejemplo, una lectura dramatizada, una transmisión de un video, poner música o películas en clase a los alumnos, etc.
No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.
Cuando un profesor lee un libro o recita una poesía en clase realiza un acto de comunicación pública. También cuando proyecta textos o imágenes o pone a los alumnos música o películas. Con carácter general, todo acto de representación pública exige autorización. Una interpretación de una obra dramática en un teatro es un acto de comunicación pública. Se puede obtener autorización para ello en SGAE. Que el acto sea de pago o gratuito es irrelevante para la necesidad del permiso en caso de que se trate de un acto público.
Si el profesor desea copiar o pegar imágenes o extractos de un libro como en un material propio, se necesita permiso para ello, salvo que pueda ser de aplicación el límite de cita. Para proyectar vídeos en línea en la enseñanza, se necesita permiso.
Ley de Propiedad Intelectual Art. 20
Pueden hacerse hipervínculos directos en línea al material autorizado por el titular de los derechos. Por ejemplo, un profesor puede incluir un enlace en su propio material o plataforma del curso, a través del cual, los alumnos puedan acceder al sitio web original donde se encuentra el material.