Imágenes/vídeos

  1. FOTOGRAFÍA Y VÍDEO.
    Se pueden hacer, con carácter general, fotos y vídeos en lugares públicos. Se generan derechos de autor para el autor de las fotos y videos desde el momento de su creación.

    Solicita el consentimiento de las personas a las que fotografíes o aparezcan en tus videos.
  2. PUBLICACIÓN DE IMÁGENES O VÍDEOS.
    Hacer fotos o grabar vídeos no es lo mismo que publicar fotos y vídeos.

    La publicación de imágenes y vídeos no debe vulnerar la intimidad o el honor de las personas que aparecen en ellos.

Para hacer y publicar fotos y vídeos, es necesario pedir permiso a las personas que aparezcan en ellos.

Antes de publicar, piensa si querrías que se difundiera una foto o un vídeo tuyo similar.